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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1027
PENA CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1027
No es precisa la concurrencia de las tres calificativas de premeditación, alevosía y ventaja, para la procedencia de la pena capital, ya que es bastante la existencia de una de ellas, para la imposición de la misma, puesto que la ley debe aplicarse conforme a su texto auténtico, aun cuando en su publicación, como en el caso del artículo 22 constitucional, se haya incurrido en un error tipográfico, alterándose la versión aprobada por el legislador.
Precedentes
Amparo penal directo 1209/32. González Pedro. 30 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.