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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312944
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1158
DELITOS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1158
Un hecho delictuoso no adquiere naturaleza o carácter de federal, simplemente porque haya ocurrido dentro de un juicio seguido ante los tribunales federales, ya que no es la jurisdicción en ejercicio lo que determina la naturaleza del delito, puesto que de otra manera resultaría que esa naturaleza podría ser indistintamente federal o común, según que la parte actora moviera una u otra jurisdicción en los casos de cumplimiento o aplicación de leyes federales, en los términos de la fracción I del artículo 104 de la Constitución.
Precedentes
Competencia 386/33. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito del Distrito Federal y la Primera Corte Penal del propio Distrito. 4 de junio de 1934. Mayoría de siete votos. Disidentes: Francisco Barba, Joaquín Ortega, José López Lira y Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.