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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
312963
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1740

COHECHO, DELITO DE.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1740

Precedentes

Amparo penal en revisión 613/34. Benavides Carlos J. 5 de julio de 1934. Mayoría de tres votos por lo que respecta al delito de peculado, siendo disidentes, los Ministros Enrique Osorno Aguilar y Fernando de la Fuente; unanimidad de cinco votos, respecto a negar el amparo por lo que ve al delito de cohecho. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 312963