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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
312970
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1808

AUTOS DE FORMAL PRISION POR DIVERSOS DELITOS, PROCEDENCIA DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1808

Precedentes

Amparo penal en revisión 74/34. Camacho y del Río Fernando. 6 de julio de 1934. Mayoría de tres votos en cuanto al delito de peculado, siendo disidentes los Ministros Enrique Osorno Aguilar y Fernando de la Fuente; mayoría de cuatro votos, por lo que hace a los delitos de falsificación de documentos públicos y privados y falsificación de sellos, siendo disidente el Ministro Fernando de la Fuente; unanimidad de cinco votos por lo que concierne al delito de cohecho, uso indebido de sellos y uso indebido de documentos falsos a sabiendas de que lo son, así como para sobreseer por lo que refiere a los autos de formal prisión que la autoridad responsable pretende dictar en contra del quejoso, con motivo de otras consignaciones que se le hagan. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 312970