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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 312979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1927
MULTA A LOS JUECES COMPETIDORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1927
De acuerdo con el artículo 301 del Código Federal de Procedimientos Penales, es improcedente aplicar multa a los Jueces contendientes, si a juicio de la Suprema Corte no han procedido con notoria temeridad.
Precedentes
Competencia 365/33. Suscitada entre el Juez Instructor Militar de la Plaza de Mazatlán y el de Primera Instancia del Ramo Penal de Nayarit. 9 de julio de 1934. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.