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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2780
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA, AMPARO CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2780
Las sentencias de primera instancia no pueden estimarse definitivas para los efectos del amparo, toda vez que las mismas admiten el recurso de apelación.
Precedentes
Amparo penal directo 5285/33. Díaz Inocencio G. 2 de agosto de 1934. Unanimidad de cuatro votos en cuanto al primer punto resolutivo y por mayoría de tres votos por lo que hace al segundo. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.