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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
313026
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3022

IMPORTE JUSTIFICADO, SU OMISION NO HACE PRESUMIR CIERTAS LAS VIOLACIONES ALEGADAS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3022

Precedentes

Amparo penal en revisión 6472/33. Cáceres Carlos. 9 de agosto de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 313026