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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3023
AMPARO, JUICIO DE, DEBEN TOMARSE EN CUENTA LAS CONSTANCIAS DE AUTOS REMITIDAS AUN FUERA DEL TERMINO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3023
Aunque el amparo, por su objeto, es un recurso, y por el procedimiento, un verdadero juicio, tiene algunas particularidades que no concurren en los demás juicios, porque tiene el carácter de un juicio de interés público, y en esa virtud, pueden tomarse en consideración las constancias de autos remitidas, fuera del término de ley.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6472/33. Cáceres Carlos. 9 de agosto de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo V, página 709, tesis de rubro "AMPARO, CARACTER DEL.".