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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3470
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3470
El beneficio de la condena condicional puede solicitarse en cualquier estado del proceso, dado que la condicionalidad no se refiere a la sentencia sino a la efectividad de la pena corporal, y siempre que los inculpados se encuentren en el caso y acrediten los extremos de la disposición legal que tal beneficio consigna.
Precedentes
Amparo penal directo 12175/32. Sierra Vieyra Luis y coagraviados. 22 de agosto de 1934. Mayoría de cuatro votos en cuanto a los razonamientos del proyecto, y por unanimidad de cinco votos por lo que se refiere a la concesión del amparo. Relator (disidente): Fernando de la Fuente.