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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 397
SUSPENSION CONCEDIDA POR LOS TRIBUNALES COMUNES EN AUXILIO DE LA JUSTICIA FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 397
Cuando ante los tribunales del orden común se promueve el amparo y éstos obran en auxilio de la Justicia Federal, en el incidente de suspensión, si alguna de las partes interesadas lo pide, debe establecer si, dado el estado que guardan las cosas, existe o no materia para la suspensión y, en caso afirmativo, deberán precisar cuál sea su alcance.
Precedentes
Queja en amparo civil 282/33. Valenzuela Samuel. 15 de enero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.