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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313072
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 509
SENTENCIAS PENALES, LEGALIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 509
Si en el proceso no está demostrada la inculpabilidad del acusado, sino, por el contrario, su culpabilidad, la sentencia que le impone la pena, no es violatoria de garantías, por estar ajustada a la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 7993/32. Vela Santillán Carlos. 17 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.