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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1151
SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1151
Si se reclama en amparo, el laudo que condena a pagar salarios caídos, la suspensión debe concederse previa fianza, puesto que no se ocasionan daños o perjuicios a la sociedad ni al Estado, que son extraños a una controversia entre particulares, y los que se originen a tercero pueden asegurarse con dicho requisito; en tanto que serían difícil reparación los que se causaran al quejoso, de hacerse efectivo el pago, puesto que, en caso de que llegara a obtener la protección federal, no sería fácil que reivindicara lo que pagó.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 13113/32. Teléfonos Ericsson, S. A. 3 de febrero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.