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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1471
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1471
La Suprema Corte ha reconocido que es facultad soberana de los tribunales, la apreciación de las pruebas y que la misma no da lugar al amparo, si no se han infringido las reglas tutelares de la misma.
Precedentes
Amparo penal directo 14083/32. Cattaneo Rossi viuda de Ortega Ana. 14 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.