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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1910
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1910
Si el acto reclamado ha comenzado a ejecutarse en un lugar, y sigue ejecutándose en otro, cualesquiera de los Jueces de esas jurisdicciones, a prevención, serán competentes para conocer del juicio de amparo y debe conocer de él el Juez que previno en el conocimiento del negocio, de acuerdo con el artículo 29 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.
Precedentes
Competencia 25/34. Suscitada entre los Jueces de Distrito Quinto del Distrito Federal y Segundo del Estado de Puebla. Romero Aurora y coagraviados. 26 de febrero de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.