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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2255
SUSPENSION, LA AUTORIDAD RESPONSABLE NO PUEDE MODIFICAR LA QUE CONCEDIO EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2255
Si en un amparo directo, la autoridad señalada como responsable, concede la suspensión, no puede modificar los términos de la misma, al admitir la fianza que se ofrezca y declarar, por ejemplo, que no queda comprendida en la suspensión, el pago de pensiones alimenticias a que condenó el fallo recurrido.
Precedentes
Queja en amparo civil 332/33. Rincón Gallardo Luis. 5 de marzo de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.