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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2398
TRIBUNALES MILITARES, SU MISION ES APLICAR LA LEY SOBRE LOS HECHOS ESTABLECIDOS POR EL JURADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2398
La misión del Juez, y, en su caso, la del Supremo Tribunal Militar, es aplicar la ley sobre los hechos establecidos por el jurado; así es que no puede decirse que dicho tribunal haya infringido los artículos 127 y 128 de la ley penal militar, si para imponer la pena, se basa a los hechos fijados por el jurado.
Precedentes
Amparo penal directo 4383/32. Valencia Flores Tomás. 9 de marzo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.