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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2431
DESISTIMIENTO, RESOLUCION QUE LO DEJA SIN EFECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2431
Si se endereza el amparo contra la resolución de un tribunal de alzada que revoca el auto en el cual se tuvo por desistido al actor, de su demanda, la suspensión debe negarse, puesto que el quejoso, actor en el juicio, es libre de continuar o no el procedimiento, y, por tanto, no le causa perjuicio alguno la resolución reclamada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5476/33. Arandia Demetrio. 10 de marzo de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.