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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3048
PERJUICIO BASE DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3048
Las actuaciones judiciales, consideradas en abstracto, sin precisar el acto que en amparo se reclama, no causan perjuicio a persona determinada; y si como consecuencia de alguna determinación o actuación judicial, resulta afectado alguien, esa persona afectada es la única que puede reclamar en juicio constitucional la ilegalidad de la actuación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 11625/32. Mancilla Alberto T. 6 de abril de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.