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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1110
DELITOS CONTINUOS, LEY APLICABLE A LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1110
Si se imputa al acusado el delito de abuso de confianza, por haber dispuesto, como empleado, de varias cantidades de dinero, no puede decirse que ha habido tantos delitos cuantas faltas parciales existan en las cuentas respectivas; pues la continuidad de la intención ilícita criminal, viene a dar unidad a la serie de actos cometidos por el agente y a determinar la existencia de un solo delito; así es que si parte de los faltantes se verificaron antes de la vigencia del Código Penal de 1929 y otros, después de ella, esa ley sería lo aplicable al delito, puesto que era la expedida cuando se estaban ejecutando los actos que constituyeron el delito continuo; y, por tanto, no es retroactiva la aplicación que de esa ley se haga para imponer la pena al acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 4470/31. Pérez Alarcón Eucario. 13 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.