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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1387
HOMICIDIO, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE, EN PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1387
Aun cuando los peritos médico-legistas no hayan emitido dictamen en sentido de que las lesiones inferidas, causaron por sí solas y directamente la muerte, el cuerpo del delito de homicidio queda comprobado, si las lesiones fueron clasificadas como mortales, y, además, se asienta que el ofendido falleció a consecuencia de aquéllas, ya que en ello queda establecida la relación directa de causa al efecto y se llena el requisito a que se refiere el artículo 50, del Código Penal del Estado de Puebla.
Precedentes
Amparo penal directo 14638/32. Vargas Pablo y coags. 20 de octubre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.