Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/313283
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2315
MINISTERIO PUBLICO DEL FUERO FEDERAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2315
El Ministerio Público Federal es una institución única, y en tal virtud, la petición hecha por uno de sus miembros, en el sentido de que sea confirmada la sentencia recurrida por otro agente del Ministerio Público, entraña el desistimiento del recurso de revisión hecho valer, y en consecuencia, en casos de esa naturaleza, procede declarar firme esa providencia judicial.
Precedentes
Amparo penal en revisión 859/32. Meraz Aureo y coag. 22 de noviembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.