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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313308
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2753
LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2753
Si se comprueba que el acusado se vió precisado a repeler una agresión actual y violenta, queda justificada la exculpante de legítima defensa; sin que obste en contrario la circunstancia de que en el proceso no aparezca comprobado que el propio acusado no provocó la agresión de que fue víctima, puesto que no es él quien debe justificar la no existencia de esa circunstancia, sino los acusadores o el Ministerio Público, por tratarse de un hecho susceptible de ser comprobado objetivamente.
Precedentes
Amparo penal directo 10802/32. López Cosío Francisco. 7 de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.