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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2214
DESTRUCCION EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2214
Si el quejoso comprueba debidamente ser propietario y estar en posesión de un terreno que ha sido objeto de juicio, por el hecho de cultivar dicho terreno, no comete el delito de destrucción en propiedad ajena, y por tanto, es improcedente, por ese concepto, la orden de detención librada en contra suya.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3377/31. Sumano Emilio. 1o. de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.