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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2294
CULPABILIDAD, COMPROBACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2294
La declaración de un solo testigo que depone de un modo impreciso y que es el mismo ofendido, no tiene fuerza legal para probar la culpabilidad del inculpado, con tanta más razón, si éste demuestra, con las declaraciones acordes de tres testigos, que se encontraba en un lugar distinto del en que se efectuó el delito, en los momentos en que éste se cometió.
Precedentes
Amparo penal en revisión 324/32. Pérez J. Jesús. 3 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.