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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2619
LIBERTAD BAJO PROTESTA, EFECTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2619
Si una persona queda en libertad bajo protesta, sujeta al resultado de la sentencia definitiva que se dicte con motivo de la apelación interpuesta contra la resolución por la que se sobreseyó en el proceso, es claro que una vez revocada ésta, la situación jurídica del procesado es la de quedar sometido al procedimiento conforme al auto de prisión formal, sin que pueda afirmarse que un auto de sobreseimiento sea el resultado, en términos generales, de una determinación mejor fundada y más bien estudiada que un auto de formal prisión, porque dichas determinaciones requieren diversos elementos, cuya concurrencia u omisión, en cada caso, podrá determinar la legalidad o ilegalidad de esos mandamientos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 285/33. Garza de Alvarez María Trinidad. 15 de agosto de 1933. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.