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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1544
CONSTITUCIONALIDAD DE LA SENTENCIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1544
La Suprema Corte no puede establecer que es constitucional la resolución que, al confirmar al auto de prisión formal, motiva éste, no con respecto al hecho criminoso que aparece demostrado, sino con relación a otro, cuyos elementos no concurrieron en los sucesos que dieron origen al proceso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 10346/32. Mariscal Alfredo, Jr. y coagraviado. 14 de marzo de 1933. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.