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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 183
DECLARACION DEL OFENDIDO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 183
El artículo 16 constitucional, no excluye como elemento de prueba, la declaración del ofendido, cuando se encuentra relacionada con otro dato que, de manera razonable, induzca a establecer la presunta responsabilidad del indiciado, para dictar contra él la orden de aprehensión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1159/31. Hernández Pedro. 7 de septiembre de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.