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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 186
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 186
Es antijurídico sostener que el procesado, cuando goza de libertad provisional, no queda sujeto a los efectos del auto de formal prisión; por el contrario, la naturaleza propia de ese auto, restringe la libertad del inculpado y hace posible que se conceda la libertad bajo fianza, pues si cesaran los efectos del auto, debería ser puesto el inculpado en libertad, sin restricción alguna.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1237/32. Navarro Bernardo. 7 de septiembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.