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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1314
AGUASCALIENTES, LEGISLACION PENAL DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1314
La derogación que del Decreto de 20 de diciembre de 1930, hace de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común en el Estado de Aguascalientes, no es un acto anticonstitucional ni conculcatorio de garantías individuales, ya que se trata de aplicación de leyes de orden público en la que no cabe la retroactividad.
Precedentes
Amparo penal directo 2725/31. Baudelio Ornelas. 25 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.