Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/313632
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1828
AUTO DE EXEQUENDO, REVOCACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1828
La revocación del auto de exequendo, por el tribunal de alzada, indudablemente implica una ejecución material, toda vez que tiene a levantar el embargo, y demás, es acto irreparable dentro del juicio.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 12019/32. Compañía Civil Agrícola, San Gonzalo y Anexas, S. A. 19 de noviembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.