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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2035
SOBRESEIMIENTO, IMPROCEDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 2035
Sobreseer en un amparo, porque las pruebas presentadas por el quejoso, son objetables en determinado sentido, es conocer ya de la acción deducida, lo cual debe ser materia de la sentencia definitiva, es decir, de la que niegue o conceda el amparo, pero no de un auto de sobreseimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1583/31. Villarreal Flores Arturo. 2 de diciembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.