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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 814
RESPONSABILIDAD CIVIL, PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 814
Si el incidente de responsabilidad civil se encuentra en estado de dictarse sentencia interlocutoria, sobre las excepciones dilatorias propuestas por el acusado, es claro que tal incidente no ha llegado al estado de promover pruebas y, por ende, el quejoso no tiene derecho alguno para apelar de la resolución recaída al escrito en que solicitaba la práctica de diligencias probatorias.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2233/30. Molina Tagle Carlos. 2 de junio de 1932. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.