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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1300
DETENCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1300
El tiempo de la detención de un procesado debe ser computado para el efecto de la pena, de acuerdo con el artículo 20, fracción X, de la Constitución Federal de la República.
Precedentes
Amparo penal en revisión 983/31. González Villarreal David. 13 de julio de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidentes: Salvador Urbina y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.