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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1500
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1500
Para que sea constitucional un auto de formal prisión, además de los requisitos de forma, consistentes en expresar el lugar, tiempo y circunstancias en que fue cometido el delito que se atribuye al inculpado, se necesita que estén integrados los elementos de fondo, fundamentalmente, por la comprobación del cuerpo del delito de que trata, y por la aportación de los datos suficientes para hacer probable la responsabilidad del inculpado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3647/31. González José Ramón. 21 de julio de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.