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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2214
ULTRAJES A FUNCIONARIOS PUBLICOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2214
El delito de ultrajes a funcionarios, supone la existencia de una injuria dirigida directa y personalmente al funcionario, por medio de la palabra o por escrito; pero es necesario que esa injuria sea privada, esto es, que constituya un ataque personal, aun cuando sea con motivo de las funciones del injuriado; mas el delito no existe cuando se trata de la censura política o de la calificación de las obras o procedimientos del funcionario; y si tratándose de funcionarios, no puede admitirse que esa censura constituye el delito de injurias, mucho menos puede aceptarse que son injuriosos los escritos que tienen por objeto criticar a los candidatos para ocupar puestos populares, máxime, si los escritos se expresan en forma indeterminada y las frases en ellas contenidas, no se dirigen directamente a determinada persona.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1745/31. Torea Lorenzo. 18 de agosto de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.