Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/313767
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 402
CUERPO DEL DELITO DE LESIONES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 402
Para comprobar el cuerpo del delito de lesiones, conforme al artículo 528 del Código Penal de 1871, el certificado médico legal debe expresar que las lesiones toman su gravedad o naturaleza ordinaria de poner en peligro la vida, de alguno de los elementos referidos por dicho artículo, o de varios de ellos en combinación, pues si dicho certificado médico legal, se expresa en términos generales, y no se concreta a la clasificación que el citado artículo del Código Penal exige, no puede tenerse como eficaz para comprobar el cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 3551/30. Rodríguez Isaac. 15 de enero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.