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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313803
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1275
AGRESION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1275
Si cuando se repele una agresión indebida, el agresor continúa agrediendo, los hechos, tomados en ese preciso momento y aislados de sus antecedentes, dan la apariencia material de una riña; en tal virtud, para apreciar el hecho de la agresión sin derecho, es indispensable considerarlo en el momento en que se inició la contienda, para hacer exacta apreciación de los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 4210/30. Tolentino López Miguel. 24 de febrero de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.