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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1778
MENORES, POSESION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 1778
La posesión de los menores no puede ser arrebatada a quien la tiene, en virtud de un auto dictado en proceso instruido contra otra persona, si no ha sido vencido en el juicio civil que corresponde, único en el que pueden definirse los derechos a la patria potestad sobre los menores.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3952/30. Carreto Francisco S. 15 de marzo de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVII, página 1899, tesis de rubro "MENORES, GUARDA DE LOS.".