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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2229
AGRAVANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2229
Si el tribunal de apelación condena considerando agravantes que no tuvo en cuenta el Ministerio Público al formular su acusación, con esto viola lo previsto en el artículo 21 constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo 3043/31. Leal Ramón. 12 de abril de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.