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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 527
LEYES, APLICACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 527
Aunque la expedición de una ley date de fecha muy antigua, si aún está vigente, su aplicación no puede ser violatoria de garantías, a pesar de los sistemas diametralmente opuestos, adoptados sobre la misma materia, por los códigos de otras entidades, pero que no rigen en el lugar en que el proceso se ventila.
Precedentes
Amparo penal directo 2028/30. Arrieta Agustín. 23 de septiembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.