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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 594
SITIOS EN LOS MERCADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 594
Contra la orden administrativa para que sean desocupados por los comerciantes, los sitios de los mercados en donde hacen su comercio, debe concederse la suspensión sin requisito alguno, ya que no puede afirmarse, a priori, que con ello sufra perjuicios la sociedad o el Estado y, además esta cuestión debe ser resuelta en el juicio principal, y serían de difícil reparación los perjuicios que se ocasionarían a los interesados, con la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1661/37. Wenceslao viuda de López Blas. 14 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XXXIII, página 695. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4300/30. Vértis Edmundo y coags. 26 de septiembre de 1931. Mayoría de tres votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.