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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313923
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 700
COMPETENCIA DE JURISDICCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 700
Para resolver las competencias de jurisdicción que se susciten entre los tribunales federales y los de un Estado, es competente la Suprema Corte de Justicia, sin que tal facultad desaparezca porque se haya dejado de actuar largo tiempo en el proceso respectivo, antes de iniciar la competencia.
Precedentes
Competencia 198/31. Suscitada entre el Juez Conciliador de El Oro de Hidalgo, México, y el Juez de Distrito de la misma entidad. 28 de septiembre de 1931. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.