Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/313931
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 871
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 871
Cuando se trata de aprehender a una persona, a fin de que compurgue la pena que por sentencia firme le fue impuesta, como tal acto no es sino consecuencia de otros que son constitucionales, no es procedente conceder la protección federal, por no existir violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 1440/28. Silva Moreno Silverio. 1o. de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.