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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1065
SUPREMA CORTE, SENTENCIAS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1065
De acuerdo con lo mandado por los artículos 117, en relación con el 91 de la Ley de Amparo, la Suprema Corte, al conocer en revisión de un juicio constitucional , debe estatuir si los actos en que se funda la demanda, son, o no, violatorios de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1072/30. Espinosa Bolio José T. 4 de octubre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.