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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1141
SEGUROS
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1141
Contra los actos de la autoridad administrativa, que tiendan a la vigilancia de las compañías de seguros y al cumplimiento de la ley que rige a estas instituciones, no procede conceder la suspensión, ya que esto causaría perjuicios a la sociedad y el Estado, desde el momento en que dichas entidades tienen positivo interés en la vigilancia de las sociedades anónimas, que explotan los seguros, y, demás, en que se inviertan los fondos respectivos en valores mexicanos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3707/30. Compañía de Seguros "El sol de Canadá". 8 de octubre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.