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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1678
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1678
El elemento perjuicio, que es indispensable para que el hecho calificado de abuso de confianza, merezca pena corporal, sólo existe cuando el inculpado dispone de los valores a su cargo, sabiendo que no puede restituirlos, teniendo el propósito de no hacerlo, o cuando surge su insolvencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2203/30. González Garza Manuel. 27 de octubre de 1931. Mayoría de tres votos. Salvador Urbina y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.