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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 313988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1943
TERCEROS AFECTADOS POR UN PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1943
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, reconoce a los Jueces de Distrito la facultad de conocer de la violencia constitucional consistente en afectar en un procedimiento penal, derechos de terceros, que no son parte de ese mismo procedimiento, por lo cual, en estos casos, deben conocerse del amparo respectivo y conceder la protección federal, si fuere conducente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1736/30. Gordillo Silfania. 6 de noviembre de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.