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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2246
RECONSTRUCCION DE HECHOS
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2246
En el Estado de Querétaro, la reconstrucción de hechos no está reconocida por la ley procesal, como un medio de prueba, y solamente puede considerarse como una prueba testimonial, si se recibe con los requisitos que para la misma previene la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 3303/30. León J. Concepción. 13 de noviembre de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.