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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2418
ARTICULO 2o. TRANSITORIO DEL CODIGO PENAL DE 1929.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2418
El recto sentido de este artículo, no puede ser otro que el de que en el mismo, se instituyó para los procesados a que alude, el derecho de adoptar para que se les procese, por el código de 1871 o por el de 1929, que nada previó ni decidió con respecto a los no procesados; pero que tal omisión no significa, ni puede significar, la impunidad para estos últimos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3330/30. Cervantes Olaguíbel Julio. 17 de noviembre de 1931. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.