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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2839
MINISTERIO PUBLICO, DESISTIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2839
Cuando el procurador de justicia se desiste de una acusación formulada por uno de sus agentes, en contra de un presunto responsable, lo hace con el carácter de parte en el proceso y no con la calidad de autoridad, por lo que es improcedente el amparo que se encuentra de ese acto se solicite.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3877/30. Bastar Beltrán Gregorio. 4 de diciembre de 1931. Mayoría de tres votos. Disidentes: Paulino Machorro Narváez y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.